La justicia pone freno a los pases a planta de Capitanich por "ilegales e inconstitucionales"

La justicia pone freno a los pases a planta de Capitanich por "ilegales e inconstitucionales"

Luego de que la oposición cuestionará y pidiera que la Fiscalía de Estado declare la inconstitucionalidad de 5 decretos del Ejecutivo provincial que establecían pases a planta a la administración pública, la denuncia realizada por dos personas provocó que el juez Civil y Comercial Nº 17 de Resistencia, Orlando Beiranavicius, haga lugar a medidas cautelares y suspenda los efectos de los instrumentos firmados por el gobernador Jorge Capitanich.

Si bien resta definir la medida de fondo y se proyecta un extenso proceso, la decisión judicial le pone un freno a la decisión del Ejecutivo. Ahora serán clave los informes circunstanciados que debe realizar la Fiscalía de Estado.

Las cautelares fueron dictadas por el magistrado el 11 de octubre último, en favor de los ciudadanos H.D.A. y J.M.F., ambos con el patrocinio letrado del exdiputado radical Marcelo Castelán y el expresidente del InSSSeP durante la gestión Nikisch, Carlos Guido Leúnda (h).Que alegaron sentirse excluidos y avasallados en su derecho al ingreso a la administración pública. En consecuencia, consideraron que los decretos dictados por el Gobierno provincial "son ilegales, nulos, inconstitucionales e inconvencionales".

En una de las medidas cautelares, uno de sus promotores indicó que el decreto del Ejecutivo ordena la convención de los cargos de planta temporaria a la estructura de la planta permanente "sin establecer un límite o mínima antigüedad de contratación en la planta transitoria, sino solamente requiere prestar servicios a la fecha de inscripción bajo modalidad "personal transitorio – contrato de locación de servicios" en la administración central del Poder Ejecutivo – organismos descentralizados y autárquicos" .

También señalaron que con un decreto de junio de este año se pautó la realización de un único concurso y se creó un orden de mérito resultante del Concurso de Antecedente y oposición conservado para el período 2023-2030. "La cuestión se agravó aún más con el dictado del Decreto 2118/23 de aprobación de un nuevo reglamento que tendrá vigencia a partir del dictado del instrumento legal".

El juez Beiranavicius indicó que "surge a primera vista la existencia de la afectación de un derecho" y que el escenario planteado en las medidas promovidas "afectaría no solo el derecho a trabajar del recurrente (o acceder a un lugar en la administración pública mediante concurso público de oposición y antecedentes), sino también su derecho a recibir un trato igualitario".

Añadió en esa línea, que el promotor de la medida "tiene derecho a trabajar y de gozar de la protección de las leyes, las que deben asegurar condiciones dignas y equitativas de labor, como así también el derecho a un trato igualitario y a no ser discriminado, todos ellos consolidados y ampliados conjuntamente por los tratados internacionales con jerarquía constitucional".

Finalmente destacó que aplica el criterio de peligro en la demora y que de no suspenderse en forma inmediata los decretos "podría adquirir firmeza el acto administrativo atacado y comenzará a producir sus efectos en favor de los agentes que sean designados -en principio- irregularmente".