Sin pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, es decir, no dijo formalmente si la derogación de la Ley de Tierras por DNU es inconstitucional o válida,la corte vuelve a imponer el cupo del 15%.
La Corte Suprema ordenó suspender interinamente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023 de Javier Milei, que había eliminado las restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros. La decisión, adoptada por mayoría con la participación de dos conjueces, restablece provisionalmente los límites de la Ley de Tierras. El tribunal remitió el reclamo de la ONG Árbol de Pie a la Justicia Federal de Bariloche, que deberá evaluar la legitimación de los demandantes y resolver sobre el pedido de medida cautelar. El fallo llega después de que la Corte anulara otra cautelar del Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) por falta de legitimación. En el nuevo reclamo se invocan derechos colectivos vinculados con la protección ambiental y los territorios indígenas, mientras que Carlos Rosenkrantz se opuso a la suspensión interina. Los efectos del artículo permanecerán suspendidos hasta que se pronuncie el juzgado de Bariloche, sin que la Corte haya resuelto sobre su constitucionalidad.