La herramienta funciona a través de Mi ANSES y requiere un correo electrónico personal, único y validado.
ANSES puso en marcha el Domicilio Electrónico de la Seguridad Social, una herramienta que permite a las personas mayores de 16 años constituir voluntariamente un domicilio digital para recibir comunicaciones vinculadas con trámites y prestaciones.
El sistema funciona dentro de Mi ANSES y permite consultar en Mi Buzón distintos actos y comunicaciones emitidos por el organismo, entre ellos requerimientos, citaciones, resoluciones, liquidaciones, avisos e intimaciones.
El nuevo mecanismo tiene además validez dentro del ámbito administrativo. Según la normativa, las comunicaciones que ANSES coloque en este domicilio serán consideradas válidas y plenamente eficaces.
Para adherirse, los interesados deben ingresar a la web o aplicación Mi ANSES utilizando su CUIL y Clave de la Seguridad Social.
Dentro de la plataforma deberán ingresar a “Domicilio y datos de contacto” y seleccionar la opción “Domicilio electrónico”. Luego tendrán que aceptar los términos y condiciones y declarar un correo electrónico único, personal y validado.
La dirección informada podrá recibir un aviso cuando exista una nueva comunicación disponible. Sin embargo, la falta de ese correo de aviso no implica que la persona pueda considerar desconocida una notificación que ya esté disponible en Mi Buzón.
El buzón electrónico estará disponible las 24 horas, todos los días del año. Las notificaciones se considerarán perfeccionadas a las 0 horas del primer día hábil posterior a aquel en que hayan quedado disponibles para ser visualizadas.
La normativa también contempla eventuales interrupciones del servicio. Si el sistema permanece inoperativo durante ocho horas o más, ANSES deberá informar la situación y el plazo para considerar recibida la comunicación comenzará a correr después de la rehabilitación.
Además, los usuarios podrán aceptar voluntariamente notificaciones correspondientes a actos administrativos emitidos antes de constituir el domicilio electrónico. En esos casos, la comunicación se considerará perfeccionada a las 0 horas del primer día hábil posterior a la aceptación.
La implementación del domicilio electrónico entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.
En una segunda etapa, ANSES deberá reglamentar el funcionamiento de este mecanismo para representantes y gestores administrativos contemplados en la Ley 17.040.-